CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL

1.  OBJETIVO

Establecer las normas de conducta y relacionamiento de los empleados, colaboradores, directivos y consejeros de Megalabs Colombia S.A.S. con los clientes y potenciales clientes, compañeros, la competencia, los Órganos de la administración gubernamental y demás entidades reguladoras, las entidades públicas y privadas, los medios de comunicación y con todas las demás personas y/o instituciones con las que la empresa tenga contacto. Dichas relaciones resultan fundamentales para Megalabs Colombia S.A.S. por lo tanto, las mismas deben llevarse a cabo en cumplimiento de lo dispuesto en el presente Código.

2.  NUESTRA MISIÓN

Somos un laboratorio farmacéutico que busca contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de pacientes y usuarios de nuestros productos, a través del desarrollo y comercialización de alternativas terapéuticas innovadoras, seguras y eficaces; elaboradas bajo estándares internacionales de calidad, las cuales generan confianza y respaldo, para satisfacer plenamente a médicos, clientes y consumidores en el marco de responsabilidad social empresarial. Para lograrlo buscamos contar con un equipo competente y comprometido; y garantizamos el bienestar de nuestros colaboradores y la rentabilidad esperada por los accionistas.

3.  NUESTRA VISIÓN

Para el 2026 seremos un laboratorio farmacéutico con visión global, reconocido por nuestro crecimiento constante superior al mercado, nuestra eficiencia y capacidad de adaptación. Condiciones que deben permitirnos competir de forma efectiva, sostenible y a largo plazo en el desafiante mercado colombiano.

4.  NUESTROS VALORES

Adaptabilidad: Procuramos modificar, si es necesario, nuestra conducta frente a nuevos desafíos para alcanzar los objetivos de una manera positiva.

Ambición y Proactividad: Nos proponemos metas retadoras con el objetivo de alcanzar la visión de la compañía asumiendo una actitud creativa para anticiparnos a nuevos escenarios.

Trabajo en equipo: Trabajamos para generar resultados en equipo de forma sinérgica alineados hacia un objetivo común.

Liderazgo: Queremos líderes que inspiren y promuevan el cambio de manera positiva fomentando la creatividad y el desarrollo de sus colaboradores.

Compromiso: Asumimos actuar con responsabilidad y ética, en todas nuestras acciones, en el vínculo con clientes, colaboradores, entorno social y medioambiente.

Equilibrio vida profesional/personal: Nos esmeramos para que todos los colaboradores logremos un desarrollo como seres humanos integrales equilibrando nuestras metas personales y profesionales.

5.  ÁMBITO DE APLICACIÓN

El presente Código es de aplicación respecto de toda persona que trabaja en Megalabs Colombia S.A.S.

Megalabs Colombia S.A.S. asegurará que sus empleados lean, comprendan y adhieran al presente Código y sus actualizaciones o modificaciones.

El Código de Ética y de Conducta que ha de cumplir todo empleado o colaborador que trabaja en o le preste servicios a Megalabs Colombia SAS. con independencia del puesto, ubicación en que lo desempeñe o de la naturaleza de su relación contractual con la empresa.

A tales efectos, Megalabs Colombia S.A.S. implementa en sus prácticas laborales los principios y directrices de la normativa local aplicable y a dictarse en el futuro, así como también lo establecido en la Declaración Universal sobre los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y sus protocolos, en los Convenios Internacionales aprobados por dicho organismo internacional y por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre derechos sociales, así como los principios del Pacto Mundial de Liderazgo Empresarial de Naciones Unidas.

El presente Código:

  • Exige los más altos estándares de honradez y conducta ética, incluyendo procedimientos adecuados y éticos para tratar los conflictos de intereses reales o posibles entre las relaciones profesionales y personales;
  • Exige la comunicación plena, justa, precisa, puntual e inteligible en los informes periódicos que Megalabs Colombia S.A.S. debe presentar ante los Órganos de la administración pública o en aquellas otras comunicaciones que se realicen.
  • Exige el cumplimiento de las leyes, normas y regulaciones locales aplicables y a dictarse en el futuro; Delimita los conflictos de intereses reales o posibles y proporciona orientación para que los empleados, colaboradores, directivos y consejeros comuniquen dichos conflictos a Megalabs Colombia S.A.S.
  • Aborda el mal uso o la mala aplicación de los bienes y las oportunidades empresariales de Megalabs Colombia S.A.S.
  • Establece el procedimiento para la aceptación de regalos o invitación a cualquier tipo de eventos por cuenta del promotor, siendo estos debidamente autorizados para no comprometer la imagen pública y el negocio de Megalabs Colombia S.A.S.
  • Exige el máximo nivel de confidencialidad y trato justo dentro y fuera de Megalabs Colombia A.S.; y
  • Exige la comunicación interna inmediata de los incumplimientos del presente Código, así como la comunicación adecuada de toda conducta ilegal.

 

6.  ANTI-CORRUPCIÓN, ANTI-SOBORNO TRANSNACIONAL Y LINEAMIENTOS DE CONDUCTA

Megalabs Colombia S.A.S. y cada uno de sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros se comprometen a dar cumplimiento a las leyes y regulaciones locales aplicables y a dictarse en el futuro que promueven y regulan la Anticorrupción, la Antisoborno transnacional y los lineamientos de conducta, así como también, el documento emanado de la Conversión de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que fue aprobado por la Asamblea General de la ONU el 31 de octubre de 2003.

El citado texto tiene como objetivo:

  1. Promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir más eficaz y eficientemente la corrupción.
  2. Promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y la lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos,
  3. Promover la integridad, la obligación de rendir cuentas y la debida gestión de los asuntos y los bienes públicos.

Megalabs Colombia S.A.S. y cada uno de sus empleados, empresas contratadas, y directivos no van a dar, ofrecer o prometer un soborno (incluyendo dinero, bienes, regalos o cualquier otro artículo de valor), directa o indirectamente, a los funcionarios públicos nacionales ni a los funcionarios públicos extranjeros.

No se proporcionará ningún tipo de pago o beneficios a los empleados del sector privado para influir en ellos, para obtener o mantener una ventaja comercial, cualquiera sea la misma.

Se garantizará que aquellos que actúen en nombre de Megalabs Colombia S.A.S. tales como sus agentes, no se involucren en prácticas corruptas.

No deberá aceptarse ni proporcionarse regalo o favor alguno, ni tampoco ninguna actividad de ocio, si obliga o parece obligar a la persona que lo reciba. No está permitido recibir ni entregar jamás regalos en efectivo ni en activos de alta liquidez.

Los empleados de Megalabs Colombia S.A.S. pueden aceptar o conceder regalos, favores y actividades de ocio exclusivamente si cumplen todos los criterios siguientes:

  • Si no contravienen la normativa local aplicable y a dictarse en el futuro o la política de la otra parte;
  • Si guardan coherencia con las prácticas comerciales habituales del país o sector;
  • Si guardan una relación razonable con las relaciones comerciales;
  • Si guardan coherencia con las directrices comerciales existentes;
  • Si no pueden interpretarse como cohecho, soborno o influencia inadecuada; y
  • Si no infringe los valores o la ética comercial de Megalabs Colombia A.S. de alguna otra manera.

Para el correcto cumplimiento de estos requisitos se establece solicitar autorización para la aceptación de:

  • Regalos cuyo valor supere USD 200 o equivalente;
  • Invitaciones a cualquier tipo de congreso, viaje comercial o evento de cualquier otra Índole pagados por cuenta del promotor.

La aceptación del regalo o invitación está supeditada a autorización, donde debe justificarse la conveniencia de aceptar el regalo y establecerse la repercusión que puede tener en Megalabs Colombia S.A.S.

7.  PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA Y CONTRABANDO

Las actividades encaminadas a dar apariencia de legalidad a dineros o activos de origen ilícito, así como el patrocinio o aportes de cualquier naturaleza a grupos armados o de cualquier tipo de delincuencia como el contrabando, son considerados por Megalabs Colombia S.A.S. como prácticas prohibidas, y por ningún motivo Megalabs Colombia S.A.S. acepta o tolera este tipo de actividades.

De igual manera Megalabs Colombia S.A.S. promueve la legalidad y por ningún motivo justifica acciones de contrabando dentro de sus cadenas operacionales y comerciales. (Ver Manual y política SAGRILAFT, FPADM y Contrabando).

Compromisos Generales:

  • Conocer y cumplir los procedimientos y políticas en relación a la prevención de estos
  • No recibir u ofrecer beneficios económicos o personales, beneficiando a delincuentes o grupos
  • Conocer sus contrapartes para prevenir eventos de riesgo que puedan afectar a la compañía.
  • Colaborar activamente reportando al Oficial de Cumplimiento posibles eventos que puedan generar sospecha con el reporte de eventos de este tipo de riesgos.
  • Colaborar con las autoridades para que se adelanten investigaciones sobre Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo, Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva y

8.  DEFENSA DE LA COMPETENCIA

En Megalabs Colombia S.A.S. se cumplirá con toda la normativa local aplicable y a dictarse en el futuro de defensa de la competencia y competencia desleal.

En particular y sin limitación, Megalabs Colombia S.A.S. sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros deberán adherirse a las siguientes prácticas:

  1. No se intercambiará información con competidores de precio, producciones, competencia, selección de clientes, o intercambio de cualquier otro tipo de información competitiva o técnica, y no podrá celebrarse ningún contrato en dichas materias (tal como fijación de precios, asignación de mercados, manipulación de ofertas).
  2. No se participará en asociaciones comerciales u otras reuniones con competidores donde se anticipe que dicho intercambio de información o contrato será requerido. Si un competidor lo sugiere, siempre Megalabs Colombia S.A.S. debe interrumpir la conversación o pedirá al presidente de la asamblea o al moderador de la reunión que lo haga, y si la conversación no se interrumpe, se

 

retirará de la reunión. En el caso de que dicha conversación tome lugar, se consultará con el área de Compliance de Megalabs Colombia S.A.S. o con su asesor jurídico inmediatamente.

  • No se impondrán restricciones ilícitas en los precios de reventa en mayoristas, distribuidores, concesionarios, ventas de agencias ni en cualquier otra parte.
  1. Se respetará la normativa local aplicable y a dictarse en el futuro de defensa de la competencia en todos los aspectos.

9.  CONTROLES DE COMERCIO INTERNACIONAL

Megalabs Colombia S.A.S. sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros cumplirán con todas las leyes y normativas locales aplicables y a dictarse en el futuro en exportaciones e importaciones de productos, materiales, maquinaria, tecnologías y otros Ítems.

10.   RIGOR PROFESIONAL

El concepto de profesionalidad en Megalabs Colombia S.A.S. está íntimamente ligado a la vocación de servicio en el desempeño de la actividad y a la implicación con el proyecto empresarial que desarrolla.

Todas las actuaciones realizadas en el ejercicio de las funciones encomendadas deben estar presididas por la responsabilidad profesional y regidas por los principios que se establecen en el presente Código.

11.   SEGURIDAD Y CALIDAD DEL PRODUCTO / LEYES Y REGULACIONES LOCALES SOBRE MEDICAMENTOS

La seguridad de los pacientes es la máxima prioridad de Megalabs Colombia S.A.S. Utilizaremos únicamente materias primas de alta calidad y cumpliremos con los más estrictos controles de seguridad.

En la investigación, el desarrollo, la fabricación, el almacenamiento, la distribución y las actividades posteriores a la comercialización que Megalabs Colombia S.A.S. realiza, se cumplirá con todas las leyes y regulaciones locales aplicables y a dictarse en el futuro para asegurar la seguridad y calidad de los productos farmacéuticos.

Megalabs Colombia S.A.S. tiene un compromiso con la calidad en todas sus actuaciones, tanto internas como externas. Esto no es tarea de un grupo específico de personas, o de la alta dirección, sino que afecta a todos los miembros de la organización en su actividad diaria.

12.   CONFLICTOS DE INTERÉS

Tiene lugar un «conflicto de interés» cuando los intereses personales entran en conflicto de cualquier manera con los intereses de Megalabs Colombia S.A.S. Se espera de cada persona vinculada por el presente Código que evite todas las situaciones que pudieran desembocar en un conflicto sustancial, real o posible, entre sus propios intereses y sus deberes y responsabilidades como empleado, directivo o consejero de Megalabs Colombia S.A.S.

En el caso de una situación actual o potencial, en la cual el interés privado entre en conflicto con los intereses de Megalabs Colombia S.A.S., se deberá consultar con el Gerente General de Megalabs Colombia S.A.S. antes de actuar, y luego actuar en el beneficio de Megalabs Colombia S.A.S.

Los empleados, colaboradores, directivos y consejeros de Megalabs Colombia S.A.S. no podrán tener ningún interés financiero material en cualquier competidor, cliente o proveedor, ni participar en las actividades de cualquier competidor o de un real o potencial cliente o proveedor.

 

Los asuntos personales se manejarán de forma imparcial y justa, y no se dará ninguna ventaja a un empleado, directivo o consejero sobre la base de una relación personal en el manejo de asuntos tales como selección, evaluación, traslado o promoción.

La selección de clientes y proveedores se hará en base a estándares objetivos y sin preferencias basadas en relaciones personales.

El incumplimiento de este numeral es causal de la terminación del contrato por parte de Megalabs Colombia S.A.S.

13.   RESPETO POR LA DIVERSIDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN

Megalabs Colombia S.A.S. respeta la diversidad y la dignidad de los empleados, colaboradores, directivos y consejeros. Es política de la Compañía, prohibir la discriminación o el acoso basado en la nacionalidad, raza, color, creencias, religión, sexo, edad, discapacidades, o cualquier otra posición legalmente protegida. No se participará en ningún acoso sexual, o cualquier otro comportamiento prohibido que pueda crear un ambiente de trabajo hostil.

En Megalabs Colombia S.A.S. se toman las medidas correspondientes para prevenir dicha discriminación y acoso.

14.   SEGURIDAD Y SALUD DE LOS EMPLEADOS

Megalabs Colombia S.A.S. se compromete a proveer un entorno de trabajo sano y saludable para sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros, cumpliéndose con las leyes y normativa local aplicables y a dictarse en el futuro y las políticas de la Empresa respecto a la salud, higiene y seguridad laboral.

15.   CONFIDENCIALIDAD

La información que no sea pública relativa a Megalabs Colombia S.A.S. o a sus negocios, empleados, colaboradores, directivos, consejeros, clientes, potenciales clientes, proveedores, entre otros, es confidencial, y como empleado, colaborador, directivo o consejero deberá utilizar dicha información confidencial exclusivamente para cumplir con los objetivos del negocio de Megalabs Colombia S.A.S.

No se deberá compartir la información confidencial con ninguna persona ajena a la Empresa, incluyendo familia y amigos, ni tampoco con ningún otro trabajador que no precise tener dicha información para cumplir sus deberes. Su obligación de mantener toda la información en el ámbito estrictamente confidencial se mantiene, aunque concluya su relación laboral con Megalabs Colombia S.A.S.

A continuación, se incluye una lista no exhaustiva de información confidencial:

  • Información financiera sustancial y no pública relativa a Megalabs Colombia S.A.S. o a cualquiera de sus subsidiarias o filiales;
  • Secretos comerciales, que incluye toda información comercial o técnica, como programas, métodos, técnicas, compilaciones o información que sean valiosos por no ser del dominio público;
  • Todos los derechos sobre cualquier invento o proceso desarrollado por un empleado mediante el uso de las instalaciones o secretos comerciales de Megalabs Colombia S.A.S., resultantes de cualquier trabajo de la Empresa, o relacionados con los negocios de esta, que pertenezcan a Megalabs Colombia S.A.S. o le sean cedidos a cualquier título; e
  • Información exclusiva, como, por ejemplo, las listas de

16.   DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

Todos los derechos de propiedad intelectual propios, desarrollados u obtenidos por Megalabs Colombia

S.A.S. mediante investigación, desarrollo u otras actividades (incluyendo a modo de ejemplo patentes, diseños, derechos de propiedad intelectual, marcas, know-how, datos y conocimientos técnicos) son activos vitales de Megalabs Colombia S.A.S. Por lo tanto, la propiedad intelectual de Megalabs Colombia S.A.S. será cuidadosamente protegida y se deberá colaborar con el establecimiento, protección, mantenimiento y defensa de los derechos de propiedad intelectual.

17.   INFORMACIÓN    CONFIDENCIAL    Y    DERECHOS    DE    PROPIEDAD  INTELECTUAL    DE TERCEROS

Megalabs Colombia S.A.S. respeta la información confidencial y derechos de propiedad intelectual de terceros. Por lo tanto, no se mal utilizarán los derechos de propiedad intelectual de terceros ni se obtendrá información confidencial por ningún medio ilegal o ninguna práctica poco ética, ya sea directamente o por el uso de un agente. Tampoco se podrá revelar inapropiadamente dicha información a un tercero.

18.   INFORMACIÓN PERSONAL Y PROTECCIÓN DE DATOS

Es política de Megalabs Colombia S.A.S. respetar los datos personales, esto es, aquella información de cualquier tipo referida a personas físicas o jurídicas determinadas o determinable. Por lo tanto, se cumplirá con las leyes y regulaciones locales aplicables y a dictarse en el futuro relativas a la protección de datos personales.

Megalabs Colombia S.A.S. promueve la protección de datos personales de nuestras contrapartes en la aplicación de la ley 1581 de 2012, adoptando de esta manera procedimientos y políticas en cumplimiento de esta normatividad.

Compromisos Generales:

  • No revelar información no autorizada o que no se considere pública.
  • Respeto de la información que sea confidencial y de uso exclusivo de Megalabs Colombia A.S.
  • Limitar el acceso a la información a quienes tienen no la autorización para
  • El uso de la información estará limitado a la finalidad por la cual se obtuvo la autorización de Tratamiento de Datos Personales.
  • Reportar al Oficial de Cumplimiento cualquier uso o tratamiento incorrecto de la información
  • No se debe acceder, duplicar, reproducir, eliminar o hacer uso indebido de las bases de datos que reposan en la compañía, más allá de lo estrictamente necesario y para el desempeño normal de sus actividades.
  • Adopción de medidas necesarias para otorgar seguridad a los registros de datos
  • Consultar con un superior y al Oficial de Cumplimiento en caso de que le soliciten compartir información confidencial o personal a un tercero, bien sea dentro o fuera de la organización.
  • Proteger y restringir la información para evitar perdida, robo, fraude y/o adulteración de
  • Generar acuerdos de confidencialidad firmados con terceras partes o encargados que prestan servicios a Megalabs Colombia S.A.S. para el uso de esta información personal y para la finalidad aprobada por los titulares de la información.

19.   CONTABILIDAD DE LA EMPRESA

Se cumplirán con todas las leyes y regulaciones locales aplicables y a dictarse en el futuro y las políticas de la Empresa relacionadas a la contabilidad de esta. Se registrarán las transacciones en los libros de la Compañía de acuerdo a los principios contables generalmente aceptados.

De igual forma, Megalabs Colombia S.A.S. se acoge al cumplimiento de las leyes nacionales con relación a los reportes de información financiera y fiscal, o a los entes que corresponda.

20.   MEDIO AMBIENTE

Megalabs Colombia S.A.S. se compromete a minimizar el impacto ambiental de sus productos y operaciones.

Se cumplirá con las leyes y normativa local aplicable y a dictarse en el futuro y las políticas de la Empresa respecto a la protección ambiental y la prevención de accidentes en todas las actividades de la Empresa.

21.   RELACIONES COMERCIALES EXTERNAS

Antes de comprometerse a actuar como consejero, directivo, consultor o asesor de cualquier otra organización empresarial deberá notificárselo a su supervisor inmediato.

22.   PRÁCTICAS COMERCIALES JUSTAS Y EQUITATIVAS

Cada empleado, directivo y consejero debe comprometerse a observar prácticas justas y equitativas con los clientes, proveedores, la competencia y los empleados de Megalabs Colombia S.A.S.

23.   PUBLICIDAD Y MARKETING

La publicidad de Megalabs Colombia S.A.S. debe ser clara, sencilla, honesta y transparente, y adecuadas a la legislación vigente en la materia.

La publicidad de Megalabs Colombia S.A.S. no debe ir en contra los principios básicos y las buenas costumbres, utilizando lenguaje y abordaje adecuados con relación a la legislación vigente.

24.   LEGALIDAD

El cumplimiento de la legalidad no es solo un requisito externo y una obligación por tanto de la compañía y su personal. La ley nos aporta seguridad en nuestras actuaciones y reduce los riesgos en los negocios. Cualquier actuación que implique una vulneración de la legalidad está expresa y taxativamente prohibida. En caso de duda acerca de la corrección legal de una acción, se deberá preventivamente evacuar la correspondiente consulta al área de Compliance de Megalabs Colombia

S.A.S. o con su asesor jurídico.

Toda referencia en este Código a las leyes, normativa, normas, regulaciones y/o reglamentos se entenderá que refiere a las leyes, normativa, normas, regulaciones y/o reglamentos locales vigentes y a aquellas que se dicten en el futuro.

 

25.   COMUNICACIÓN DE COMPORTAMIENTOS ILEGALES O INMORALES

Megalabs Colombia S.A.S. exige a sus empleados, directivos y consejeros que hablen con los supervisores, directores y el personal que corresponda para comunicar y tratar cualquier actividad directiva conocida o presunta que afecte a Megalabs Colombia S.A.S. o a sus empleados. Si durante el transcurso de su relación laboral llega a tener conocimiento de alguna actividad o comportamiento sospechoso, incluyendo la preocupación por asuntos de contabilidad o auditoría que puedan ser cuestionables, deberá comunicar dichas infracciones de las leyes, normas o reglamentos del presente Código. La comunicación de dicha actividad no someterá al empleado a medidas disciplinarias salvo que el informe sea deliberadamente falso. Todos los informes se tratarán confidencialmente y serán plenamente investigados.

26.   POLÍTICAS DE CANALIZACIÓN DE DENUNCIAS

El presente Código exige la comunicación interna inmediata de los incumplimientos del presente Código, así como la comunicación adecuada de toda conducta ilegal.

27.   CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL

a.   Capacitación Anual

Todos los empleados y colaboradores de la compañía deberán recibir una capacitación con una periodicidad máxima de un año, como proceso de actualización y conocimiento de lo descrito en este Código.

b.  Medios de Comunicación para Reportes y Consultas.

La compañía ha dispuesto de canales de comunicación confidencial y anónimo, los cuales son:

c.   Manejo Y Tratamiento De Los Reportes Y Consultas

La naturaleza del reporte es confidencial y anónimo, y se debe mantener de esta manera hasta que la investigación lo requiera, en todo caso se debe respetar y proteger la integridad de quien elabora el reporte o consulta.

En medida de lo posible tanto el reporte como la consulta se debe realizar a un nivel de detalle que sea claro y que provea las herramientas documentales para iniciar una investigación adecuada.

Los reportes o consultas recibidas serán presentados a la Gerencia de Personas & Cultura y Representante Legal de la compañía una vez se concluya sobre la investigación y se tenga claridad sobre los sucesos causados.

Megalabs Colombia S.A.S. reconoce que este es un medio esencial para prevenir actos que puedan generar algún tipo de riesgo para la compañía, por tal motivo anima a los empleados y colaboradores para que reporten hechos que infrinjan este Código de Ética y Conducta Empresarial, protegiéndolo de represalias o cualquier acto en contra que se pueda derivar por la comunicación de un reporte.

 

Megalabs Colombia S.A.S. tomará medidas disciplinarias de acuerdo a la normatividad laboral local, que podrán ir hasta la finalización de la relación laboral sobre quienes puedan someter a represalias, amenace o acose a quien hubiera reportado el incumplimiento a este código.

El área de Personas & Cultura deberá proteger de posibles represalias que se puedan tomar en contra de los empleados y colaboradores que se abstengan de realizar acciones que lo puedan involucrar en conductas de Soborno Transnacional.

Toda denuncia será anónima, salvo que se requiera un tratamiento especial en el proceso de investigación, lo cual será previamente acordado entre las partes.

Si los denunciantes consideran informar personalmente la situación observada, podrán comunicarse directamente con el Oficial de Cumplimiento o al correo compliance@megalabs.com.co

Si durante la investigación se demuestra que no hay ninguna actividad ilícita, nuestra organización de igual forma mantendrá en el anonimato al denunciante y lo protegerá de cualquier represalia, sin embargo, si se concluye que su denuncia fue intencional para causar daño, se tomaran las acciones disciplinarias.

Compromisos Generales:

  • Reportar de la manera más pertinente cualquier conocimiento sobre la sospecha, intencionalidad o materialización del incumplimiento que vulnere el Código de Ética y Conducta Empresarial.
  • Utilizar los canales de comunicación y reporte de manera responsable y
  • Ser pertinente en comunicar represalias que se pudieran estar tomando sobre empleados o colaboradores que hubieran reportado un acto de incumplimiento a este código.

28.   GESTIÓN DOCUMENTAL

Se debe conservar y custodiar los documentos soporte de toda operación o negocio, y por ningún motivo se puede eliminar, destruir, manipular y demás acciones que afecten la integridad del documento sin previa autorización escrita para ocultar o alterar la realidad económica de negocios o transacciones nacionales e internacionales en los que esté involucrada Megalabs Colombia S.A.S.

29. CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ANDI (Cámara de la Industria Farmacéutica)

Megalabs Colombia S.A.S. ha adoptado el Código de Ética y Transparencia de la ANDI como marco de autorregulación por pertenecer a esta Asociación, y es por este medio que regula sus actuaciones en sus interrelaciones con los distintos actores del sistema de salud (Profesionales de la Salud).

Este Código de Ética y Transparencia reúne conceptos propios que son de cumplimiento y que se deben consultar ya que da cobertura a un alcance que no cubre este Código de Ética y Conducta Empresarial, pero que sin embargo son complementarios para la finalidad que se persigue.