
CÓDIGO DE CONDUCTA PARA PROVEEDORES
1. OBJETIVO
Establecer las normas de conducta y relacionamiento de los empleados, colaboradores, directivos y consejeros de Megalabs Colombia S.A.S. con clientes y potenciales clientes, compañeros de trabajo, la competencia, los órganos de la administración gubernamental y demás entidades reguladoras, entidades públicas y privadas, medios de comunicación y todas las demás personas y/o instituciones con las que la empresa tenga contacto.
Estas relaciones son fundamentales para Megalabs Colombia S.A.S.; por lo tanto, deben desarrollarse en estricto cumplimiento de lo dispuesto en el presente Código.
2. NUESTRA MISIÓN
Somos un laboratorio farmacéutico que busca contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de pacientes y usuarios de nuestros productos, a través del desarrollo y comercialización de alternativas terapéuticas innovadoras, seguras y eficaces, elaboradas bajo estándares internacionales de calidad.
Estas soluciones generan confianza y respaldo, con el propósito de satisfacer plenamente a médicos, clientes y consumidores, en el marco de la responsabilidad social empresarial.
Para lograrlo, buscamos contar con un equipo competente y comprometido, garantizando el bienestar de nuestros colaboradores y la rentabilidad esperada por los accionistas.
3. NUESTRA VISIÓN
Para el año 2026, seremos un laboratorio farmacéutico con visión global, reconocido por nuestro crecimiento constante por encima del mercado, así como por nuestra eficiencia y capacidad de adaptación.
Estas condiciones nos permitirán competir de forma efectiva, sostenible y a largo plazo en el desafiante mercado colombiano.
4. NUESTROS VALORES
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Adaptabilidad: Procuramos ajustar nuestra conducta frente a nuevos desafíos, cuando sea necesario, para alcanzar los objetivos de manera positiva.
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Ambición y proactividad: Nos proponemos metas retadoras con el objetivo de alcanzar la visión de la compañía, adoptando una actitud creativa que nos permita anticiparnos a nuevos escenarios.
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Trabajo en equipo: Generamos resultados de manera colaborativa y sinérgica, alineados hacia un objetivo común.
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Liderazgo: Promovemos líderes que inspiren el cambio de manera positiva, fomentando la creatividad y el desarrollo de sus colaboradores.
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Compromiso: Actuamos con responsabilidad y ética en todas nuestras acciones, en la relación con clientes, colaboradores, el entorno social y el medioambiente.
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Equilibrio vida profesional y personal: Promovemos el desarrollo integral de nuestros colaboradores, buscando un balance adecuado entre sus metas personales y profesionales.
5. ÁMBITO DE APLICACIÓN
El presente Código aplica a todas las personas que trabajan en Megalabs Colombia S.A.S., independientemente de su cargo, ubicación o tipo de vínculo contractual.
Megalabs Colombia S.A.S. asegurará que sus empleados lean, comprendan y se adhieran a este Código, así como a sus actualizaciones o modificaciones.
Este Código de Ética y Conducta deberá ser cumplido por todo empleado o colaborador que trabaje en o preste servicios a Megalabs Colombia S.A.S., sin importar el puesto que ocupe, el lugar donde desempeñe sus funciones o la naturaleza de su relación contractual con la empresa.
Para tal efecto, Megalabs Colombia S.A.S. implementa en sus prácticas laborales los principios y directrices de la normativa local vigente y futura, así como lo establecido en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, sus protocolos, los convenios internacionales aprobados por este organismo y por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en materia de derechos sociales, además de los principios del Pacto Mundial de Liderazgo Empresarial de las Naciones Unidas.
El presente Código:
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Exige los más altos estándares de honradez y conducta ética, incluyendo procedimientos adecuados para gestionar los conflictos de interés, ya sean reales o potenciales, entre relaciones profesionales y personales.
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Exige una comunicación completa, justa, precisa, oportuna y comprensible en los informes periódicos que Megalabs Colombia S.A.S. debe presentar ante los órganos de la administración pública, así como en cualquier otra comunicación que se realice.
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Exige el cumplimiento de las leyes, normas y regulaciones locales aplicables, así como de aquellas que se establezcan en el futuro.
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Delimita los conflictos de interés reales o potenciales y proporciona lineamientos para que empleados, colaboradores, directivos y consejeros los comuniquen a Megalabs Colombia S.A.S.
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Aborda el uso indebido o la aplicación incorrecta de los bienes y oportunidades empresariales de Megalabs Colombia S.A.S.
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Establece el procedimiento para la aceptación de regalos o invitaciones a eventos, los cuales deberán estar debidamente autorizados para no comprometer la imagen pública ni los intereses de la compañía.
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Exige el más alto nivel de confidencialidad y un trato justo tanto dentro como fuera de Megalabs Colombia S.A.S.
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Exige la comunicación interna inmediata de cualquier incumplimiento del presente Código, así como la notificación adecuada de toda conducta ilegal.
6. ANTICORRUPCIÓN, ANTISOBORNO TRANSNACIONAL Y LINEAMIENTOS DE CONDUCTA
Megalabs Colombia S.A.S., así como cada uno de sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros, se comprometen a cumplir con las leyes y regulaciones locales vigentes y futuras que promueven y regulan la anticorrupción, el antisoborno transnacional y los lineamientos de conducta.
Asimismo, la compañía adopta los lineamientos establecidos en la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, aprobada por la Asamblea General de la ONU el 31 de octubre de 2003.
Dicho instrumento tiene como objetivos:
a) Promover y fortalecer las medidas para prevenir y combatir la corrupción de manera más eficaz y eficiente.
b) Promover, facilitar y apoyar la cooperación internacional y la asistencia técnica en la prevención y lucha contra la corrupción, incluida la recuperación de activos.
c) Promover la integridad, la rendición de cuentas y la adecuada gestión de los asuntos y bienes públicos.
Megalabs Colombia S.A.S., así como sus empleados, empresas contratadas y directivos, se abstendrán de dar, ofrecer o prometer sobornos (incluyendo dinero, bienes, regalos o cualquier otro elemento de valor), directa o indirectamente, tanto a funcionarios públicos nacionales como a funcionarios públicos extranjeros.
De igual forma:
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No se proporcionará ningún tipo de pago o beneficio a empleados del sector privado con el fin de influir en ellos para obtener o mantener una ventaja comercial.
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Se garantizará que quienes actúen en nombre de Megalabs Colombia S.A.S., como sus agentes, no se involucren en prácticas corruptas.
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No deberá aceptarse ni ofrecerse ningún regalo, favor o actividad de entretenimiento que genere, o pueda generar, una obligación para quien lo recibe.
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Está estrictamente prohibido recibir o entregar regalos en efectivo o en activos de alta liquidez.
Los empleados de Megalabs Colombia S.A.S. podrán aceptar o conceder regalos, favores o actividades de entretenimiento únicamente cuando cumplan con todos los siguientes criterios:
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No contravengan la normativa local vigente o las políticas de la otra parte.
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Sean coherentes con las prácticas comerciales habituales del país o del sector.
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Mantengan una relación razonable con las relaciones comerciales.
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Sean consistentes con las directrices comerciales existentes.
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No puedan interpretarse como cohecho, soborno o influencia indebida.
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No infrinjan, de ninguna manera, los valores ni la ética empresarial de Megalabs Colombia S.A.S.
Para el adecuado cumplimiento de estos lineamientos, se deberá solicitar autorización previa para la aceptación de:
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Regalos cuyo valor supere los USD 200 o su equivalente.
- Invitaciones a congresos, viajes comerciales o eventos de cualquier índole que sean financiados por terceros.
La aceptación de regalos o invitaciones estará sujeta a autorización previa, en la cual deberá justificarse la conveniencia de su aceptación y evaluarse el impacto que pueda tener para Megalabs Colombia S.A.S.
7. PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS, FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, FINANCIAMIENTO DE LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA Y CONTRABANDO
Las actividades orientadas a dar apariencia de legalidad a dineros o activos de origen ilícito, así como el patrocinio o aporte de cualquier naturaleza a grupos armados o a actividades delictivas como el contrabando, son consideradas por Megalabs Colombia S.A.S. como prácticas estrictamente prohibidas. En ningún caso la compañía acepta o tolera este tipo de conductas.
Asimismo, Megalabs Colombia S.A.S. promueve la legalidad y no justifica, bajo ninguna circunstancia, acciones de contrabando dentro de sus operaciones y cadenas comerciales.
(Ver Manual y Política SAGRILAFT, FPADM y Contrabando).
Compromisos Generales
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Conocer y cumplir los procedimientos y políticas relacionadas con la prevención de estos delitos.
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No recibir ni ofrecer beneficios económicos o personales que favorezcan a delincuentes o grupos delictivos.
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Conocer a las contrapartes con el fin de prevenir eventos de riesgo que puedan afectar a la compañía.
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Colaborar activamente reportando al Oficial de Cumplimiento cualquier situación sospechosa relacionada con estos riesgos.
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Colaborar con las autoridades competentes en las investigaciones relacionadas con lavado de activos, financiación del terrorismo, financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y contrabando.
8. DEFENSA DE LA COMPETENCIA
En Megalabs Colombia S.A.S. se cumplirá con toda la normativa local vigente y futura en materia de defensa de la competencia y competencia desleal.
En particular, y sin limitación, Megalabs Colombia S.A.S., así como sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros, deberán adherirse a las siguientes prácticas:
i. No intercambiar información con competidores sobre precios, producción, estrategias comerciales, selección de clientes o cualquier otro tipo de información competitiva o técnica. Asimismo, no se podrá celebrar ningún tipo de acuerdo o contrato en estas materias (como fijación de precios, asignación de mercados o manipulación de ofertas).
ii. No participar en asociaciones comerciales u otras reuniones con competidores cuando se anticipe que se pueda dar un intercambio indebido de información o la celebración de acuerdos restrictivos. En caso de que un competidor sugiera este tipo de prácticas, el representante de Megalabs Colombia S.A.S. deberá interrumpir la conversación o solicitar al presidente o moderador de la reunión que lo haga. y si la conversación no se interrumpe, se retirará de la reunión. En el caso de que dicha conversación tome lugar, se consultará con el área de Compliance de Megalabs Colombia S.A.S. o con su asesor jurídico inmediatamente.
iii. No se impondrán restricciones ilícitas en los precios de reventa a mayoristas, distribuidores, concesionarios, agencias de ventas ni a ningún otro actor de la cadena comercial.
iv. Se respetará en todo momento la normativa local vigente y futura en materia de defensa de la competencia.
9. CONTROLES DE COMERCIO INTERNACIONAL
Megalabs Colombia S.A.S., así como sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros, cumplirán con todas las leyes y normativas locales vigentes y futuras relacionadas con la exportación e importación de productos, materiales, maquinaria, tecnologías y otros bienes.
10. RIGOR PROFESIONAL
El concepto de profesionalidad en Megalabs Colombia S.A.S. está estrechamente ligado a la vocación de servicio en el desempeño de las funciones y al compromiso con el proyecto empresarial.
Todas las actuaciones realizadas en el ejercicio de las funciones asignadas deben estar guiadas por la responsabilidad profesional y regidas por los principios establecidos en el presente Código.
11. SEGURIDAD Y CALIDAD DEL PRODUCTO / LEYES Y REGULACIONES SOBRE MEDICAMENTOS
La seguridad de los pacientes es la máxima prioridad de Megalabs Colombia S.A.S. Por ello, la compañía utiliza materias primas de alta calidad y aplica estrictos controles de seguridad.
En todas las etapas —investigación, desarrollo, fabricación, almacenamiento, distribución y actividades posteriores a la comercialización— Megalabs Colombia S.A.S. cumple con las leyes y regulaciones locales vigentes y futuras, con el fin de garantizar la seguridad y calidad de los productos farmacéuticos.
Megalabs Colombia S.A.S. mantiene un firme compromiso con la calidad en todas sus actividades, tanto internas como externas. Este compromiso no es exclusivo de un área o de la alta dirección, sino que involucra a todos los miembros de la organización en su labor diaria.
12. CONFLICTOS DE INTERÉS
Se entiende por “conflicto de interés” toda situación en la que los intereses personales interfieren, o pueden interferir, con los intereses de Megalabs Colombia S.A.S.
Se espera que todas las personas sujetas a este Código eviten cualquier situación que pueda generar un conflicto de interés real o potencial entre sus intereses personales y sus responsabilidades como empleados, colaboradores, directivos o consejeros de la compañía.
En caso de presentarse una situación real o potencial de conflicto de interés, se deberá consultar previamente con el Gerente General de Megalabs Colombia S.A.S. antes de tomar cualquier decisión, y actuar siempre en beneficio de la compañía.
Los empleados, colaboradores, directivos y consejeros de Megalabs Colombia S.A.S. no podrán tener intereses financieros relevantes en competidores, clientes o proveedores, ni participar en actividades de estos, ya sean actuales o potenciales.
Los asuntos personales deberán manejarse de forma imparcial y justa. No se otorgará ninguna ventaja a empleados, directivos o consejeros basada en relaciones personales en procesos como selección, evaluación, traslado o promoción.
La selección de clientes y proveedores se realizará con base en criterios objetivos, sin preferencias derivadas de relaciones personales.
El incumplimiento de lo dispuesto en este numeral constituirá causal de terminación del contrato por parte de Megalabs Colombia S.A.S.
13. RESPETO POR LA DIVERSIDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN
Megalabs Colombia S.A.S. respeta la diversidad y la dignidad de sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros. Es política de la compañía prohibir cualquier forma de discriminación o acoso basada en la nacionalidad, raza, color, creencias, religión, sexo, edad, discapacidad o cualquier otra condición legalmente protegida.
Asimismo, no se tolerará el acoso sexual ni ningún otro comportamiento que pueda generar un ambiente de trabajo hostil.
Megalabs Colombia S.A.S. implementa las medidas necesarias para prevenir este tipo de conductas.
14. SEGURIDAD Y SALUD DE LOS EMPLEADOS
Megalabs Colombia S.A.S. se compromete a proporcionar un entorno de trabajo seguro y saludable para sus empleados, colaboradores, directivos y consejeros, cumpliendo con las leyes y normativas locales vigentes y futuras, así como con sus políticas internas en materia de salud, higiene y seguridad laboral.
15. CONFIDENCIALIDAD
Toda información no pública relacionada con Megalabs Colombia S.A.S., sus negocios, empleados, colaboradores, directivos, consejeros, clientes, potenciales clientes y proveedores, entre otros, es considerada confidencial.
Los empleados, colaboradores, directivos y consejeros deberán utilizar dicha información exclusivamente para el cumplimiento de los objetivos del negocio de la compañía.
No se permitirá compartir información confidencial con personas ajenas a la empresa, incluidos familiares o amigos, ni con otros colaboradores que no requieran dicha información para el desempeño de sus funciones.
La obligación de confidencialidad se mantendrá incluso después de finalizada la relación laboral con Megalabs Colombia S.A.S.
A continuación, se presenta una lista no exhaustiva de información confidencial:
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Información financiera relevante y no pública de Megalabs Colombia S.A.S. o de cualquiera de sus subsidiarias o filiales.
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Secretos comerciales, incluyendo información comercial o técnica, tales como programas, métodos, técnicas, compilaciones o cualquier información valiosa por no ser de dominio público.
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Todos los derechos sobre cualquier invento o proceso desarrollado por un empleado mediante el uso de las instalaciones o secretos comerciales de Megalabs Colombia S.A.S., resultantes de cualquier trabajo de la Empresa, o relacionados con los negocios de esta, que pertenezcan a Megalabs Colombia S.A.S. o le sean cedidos a cualquier título
- Información exclusiva, como, por ejemplo, las listas de clientes
16. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Todos los derechos de propiedad intelectual desarrollados, obtenidos o adquiridos por Megalabs Colombia S.A.S. mediante investigación, desarrollo u otras actividades —incluyendo, a modo enunciativo, patentes, diseños, derechos de propiedad intelectual, marcas, know-how, datos y conocimientos técnicos— constituyen activos estratégicos de la compañía.
Por lo tanto, estos derechos deberán ser cuidadosamente protegidos, y todos los colaboradores deberán contribuir al establecimiento, protección, mantenimiento y defensa de la propiedad intelectual de Megalabs Colombia S.A.S.
17. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Y DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE TERCEROS
Megalabs Colombia S.A.S. respeta la información confidencial y los derechos de propiedad intelectual de terceros. En consecuencia:
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No se hará uso indebido de los derechos de propiedad intelectual de terceros.
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No se obtendrá información confidencial por medios ilegales o mediante prácticas poco éticas, ya sea de forma directa o a través de terceros.
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No se divulgará de manera inapropiada información confidencial de terceros.
18. INFORMACIÓN PERSONAL Y PROTECCIÓN DE DATOS
Es política de Megalabs Colombia S.A.S. respetar los datos personales, entendidos como toda información relacionada con personas naturales o jurídicas identificadas o identificables.
En este sentido, la compañía cumplirá con las leyes y regulaciones locales vigentes y futuras en materia de protección de datos personales, incluyendo la Ley 1581 de 2012. Asimismo, implementará procedimientos y políticas orientadas al adecuado tratamiento de dicha información.
Compromisos Generales
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No revelar información no autorizada o que no tenga carácter público.
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Respetar la información confidencial y de uso exclusivo de Megalabs Colombia S.A.S.
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Limitar el acceso a la información únicamente a las personas autorizadas.
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Utilizar la información exclusivamente para la finalidad para la cual fue otorgada la autorización de tratamiento de datos personales.
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Reportar al Oficial de Cumplimiento cualquier uso o tratamiento indebido de la información confidencial.
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No acceder, duplicar, reproducir, eliminar ni hacer uso indebido de las bases de datos de la compañía, salvo en lo estrictamente necesario para el desarrollo de las funciones asignadas.
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Adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los registros de datos personales.
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Consultar con un superior y con el Oficial de Cumplimiento en caso de recibir solicitudes para compartir información confidencial o personal con terceros, ya sea dentro o fuera de la organización.
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Proteger y restringir el acceso a la información con el fin de evitar su pérdida, robo, fraude o adulteración.
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Establecer acuerdos de confidencialidad con terceros o encargados que presten servicios a Megalabs Colombia S.A.S., garantizando el uso adecuado de la información personal y exclusivamente para las finalidades autorizadas por sus titulares.
19. CONTABILIDAD DE LA EMPRESA
Megalabs Colombia S.A.S. cumplirá con todas las leyes y regulaciones locales vigentes y futuras, así como con sus políticas internas en materia contable.
Las transacciones deberán registrarse en los libros de la compañía conforme a los principios de contabilidad generalmente aceptados.
Asimismo, Megalabs Colombia S.A.S. dará cumplimiento a las disposiciones legales nacionales relacionadas con la presentación de información financiera y fiscal ante las autoridades competentes.
20. MEDIO AMBIENTE
Megalabs Colombia S.A.S. se compromete a minimizar el impacto ambiental derivado de sus productos y operaciones.
La compañía cumplirá con las leyes y normativas locales vigentes y futuras, así como con sus políticas internas en materia de protección ambiental y prevención de accidentes en todas sus actividades.
21. RELACIONES COMERCIALES EXTERNAS
Antes de asumir roles como consejero, directivo, consultor o asesor en otra organización, el colaborador deberá informar previamente a su superior inmediato.
22. PRÁCTICAS COMERCIALES JUSTAS Y EQUITATIVAS
Todos los empleados, directivos y consejeros deberán comprometerse a actuar bajo principios de equidad y transparencia en sus relaciones con clientes, proveedores, competidores y demás colaboradores de Megalabs Colombia S.A.S.
23. PUBLICIDAD Y MARKETING
La publicidad de Megalabs Colombia S.A.S. deberá ser clara, objetiva, honesta y transparente, y ajustarse a la legislación vigente.
Asimismo, no deberá contravenir los principios éticos ni las buenas costumbres, y deberá emplear un lenguaje y enfoque adecuados conforme a la normativa aplicable.
24. LEGALIDAD
El cumplimiento de la legalidad no solo constituye una obligación, sino también un elemento fundamental que brinda seguridad en las actuaciones y reduce los riesgos del negocio.
Cualquier acción que implique la vulneración de la ley está expresamente prohibida.
En caso de duda sobre la legalidad de una actuación, se deberá consultar previamente con el área de Compliance de Megalabs Colombia S.A.S. o con el asesor jurídico correspondiente.
Toda referencia en este Código a leyes, normas, regulaciones o reglamentos se entenderá hecha a la normativa local vigente, así como a aquellas disposiciones que se emitan en el futuro.
25. COMUNICACIÓN DE COMPORTAMIENTOS ILEGALES O INMORALES
Megalabs Colombia S.A.S. exige a sus empleados, directivos y consejeros que informen a sus supervisores, directores o al personal correspondiente sobre cualquier actividad, conocida o sospechosa, que pueda afectar a la compañía o a sus colaboradores.
Si durante el desarrollo de la relación laboral se tiene conocimiento de alguna actividad o comportamiento irregular, incluyendo preocupaciones relacionadas con aspectos contables o de auditoría que puedan ser cuestionables, se deberá comunicar dicha situación conforme a lo establecido en este Código.
La comunicación de estas situaciones no dará lugar a medidas disciplinarias contra quien reporta, salvo en los casos en que el informe sea deliberadamente falso. Todos los reportes serán tratados de manera confidencial y serán objeto de investigación.
26. POLÍTICAS DE CANALIZACIÓN DE DENUNCIAS
El presente Código exige la comunicación interna inmediata de cualquier incumplimiento, así como el reporte adecuado de toda conducta ilegal.
27. CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y CONDUCTA EMPRESARIAL
a. Capacitación Anual
Todos los empleados y colaboradores de la compañía deberán recibir capacitación al menos una vez al año, con el fin de actualizar y reforzar el conocimiento sobre lo establecido en este Código.
b. Medios de Comunicación para Reportes y Consultas
La compañía ha dispuesto canales de comunicación confidenciales y, cuando aplique, anónimos, entre los cuales se encuentran:
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Plataforma: https://megalabs.app/canalEtico – Canal Ético (confidencial y anónimo).
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Correo electrónico: compliance@megalabs.com.co
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Línea móvil del área de Compliance: +57 317 646 8233
c. Manejo y Tratamiento de Reportes y Consultas
La naturaleza de los reportes es confidencial y, cuando corresponda, anónima, y deberá mantenerse así durante todo el proceso, salvo que la investigación requiera lo contrario. En todo caso, se garantizará la protección e integridad de la persona que realiza el reporte o consulta.
Se recomienda que los reportes y consultas se realicen con un nivel de detalle suficiente, que permita contar con elementos claros y soporte documental para el inicio de una investigación adecuada.
Una vez finalizada la investigación y esclarecidos los hechos, los reportes o consultas serán presentados a la Gerencia de Personas & Cultura y al Representante Legal de la compañía.
Megalabs Colombia S.A.S. reconoce este mecanismo como una herramienta fundamental para la prevención de riesgos. Por ello, promueve que empleados y colaboradores reporten cualquier situación que infrinja el presente Código de Ética y Conducta Empresarial, garantizando la protección frente a represalias o cualquier tipo de consecuencia negativa derivada de la comunicación del reporte.
Megalabs Colombia S.A.S. tomará medidas disciplinarias, conforme a la normatividad laboral vigente, que podrán incluir la terminación de la relación laboral, contra quienes adopten conductas de represalia, amenaza o acoso hacia personas que hayan reportado incumplimientos a este Código.
El área de Personas & Cultura deberá garantizar la protección de los empleados y colaboradores frente a posibles represalias derivadas de haberse abstenido de participar en conductas relacionadas con el Soborno Transnacional.
Toda denuncia será tratada de manera anónima, salvo que, por necesidades del proceso de investigación, se requiera un tratamiento diferente, el cual deberá ser previamente acordado.
En caso de que el denunciante prefiera informar personalmente la situación, podrá comunicarse directamente con el Oficial de Cumplimiento o a través del correo electrónico compliance@megalabs.com.co.
Si durante la investigación se concluye que no existe actividad ilícita, la organización garantizará igualmente el anonimato del denunciante y su protección frente a cualquier represalia. No obstante, si se determina que la denuncia fue realizada de manera intencional para causar daño, se adoptarán las medidas disciplinarias correspondientes.
Compromisos Generales
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Reportar de manera oportuna cualquier sospecha, intención o materialización de incumplimientos que vulneren el Código de Ética y Conducta Empresarial.
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Utilizar los canales de comunicación y reporte de forma responsable y confiable.
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Informar oportunamente cualquier represalia que se esté ejerciendo contra empleados o colaboradores que hayan reportado un incumplimiento a este Código.
28. GESTIÓN DOCUMENTAL
Todos los documentos soporte de las operaciones o negocios deberán ser conservados y custodiados adecuadamente. En ningún caso se permitirá su eliminación, destrucción, manipulación o cualquier acción que afecte su integridad sin la debida autorización escrita, especialmente cuando ello implique ocultar o alterar la realidad económica de negocios o transacciones nacionales o internacionales en las que esté involucrada Megalabs Colombia S.A.S.
29. CÓDIGO DE ÉTICA DE LA ANDI (CÁMARA DE LA INDUSTRIA FARMACÉUTICA)
Megalabs Colombia S.A.S. ha adoptado el Código de Ética y Transparencia de la ANDI como marco de autorregulación, en razón de su pertenencia a esta asociación. A través de este instrumento, la compañía regula sus actuaciones en las interrelaciones con los diferentes actores del sistema de salud, especialmente con los profesionales de la salud.
Este Código de Ética y Transparencia incorpora lineamientos adicionales que deben ser consultados y cumplidos, ya que abarcan aspectos que no están contemplados en este Código de Ética y Conducta Empresarial, pero que resultan complementarios para el cumplimiento de sus objetivos.
